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Pantallas para casco: tipos y recomendaciones

Como hemos dicho en varias ocasiones, si buscamos la máxima protección cuando vamos en moto debemos elegir un casco integral. En caso de impacto son los que ofrecen una mejor protección de nuestra cabeza tanto por superficie que cubre como por absorción de impactos. Cabeza, mandíbula y ojos gracias a la pantalla. Todo queda protegido

Sin embargo este beneficio también tiene un pequeño hándicap y se trata de la pantalla. De su elección dependerá nuestra correcta visión y comodidad en el día a día cuando circulemos en moto. Veamos cuáles son los tipos más comunes que existen y que debemos tener en cuenta.

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El atropello, causa del 20% de las víctimas en accidentes

El ‘Estudio de siniestralidad vial y atropellos’ que ha publicado la Fundación Mutua Madrileña refleja que el 20% de los fallecidos en accidente de tráfico se debieron a personas atropelladas, de las cuales el 60% eran personas mayores de 60 años.

El mismo estudio refleja que los accidentes representan únicamente el 5% de los casos de heridos por accidente de tráfico ya que las lesiones que estos originan son mucho más graves y provocan un mayor número de fallecidos que de heridos. En total, el número anual de víctimas mortales en España por esta causa alcanza las 400 personas.

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Comparte la carrera en Twitter con el hashtag #CarreraPonleFreno

Un año más, además de invitaros a participar en la única carrera que salva vidas, os invitamos a contagiar y compartir en vuestras redes sociales el entusiasmo que le pone Atresmedia a la Carrera Ponle Freno. Esperamos vuestros comentarios, opiniones, fotos y propuestas tanto en Facebook como en Twitter, con el hashtag #CarreraPonleFreno. 

Después de la carrera podréis revivir vuestra llegada a meta con los vídeos y fotos que publicaremos en nuestra página web,http://www.ponlefreno.com. Imágenes que también podréis compartir en vuestros perfiles sociales.

Este año, como en las ediciones anteriores, el dinero recaudado con las inscripciones se destinará íntegramente a un proyecto en favor de la seguridad vial. Porque consideramos que su labor es fundamental, desde Ponle Freno deseamos que colaboréis  corriendo por esta buena causa y, además, compartáis vuestras impresiones en las redes sociales con el hashtag #CarreraPonleFreno.

Para terminar, os recordamos que el día elegido para la carrera es el domingo 24 de noviembre y ya podéis apuntaros.

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¿Qué límite de velocidad ponemos en las zonas residenciales?

La limitación de velocidad por ciudad sigue siendo un tema pendiente a pesar de que la normativa actual contempla la velocidad genérica en razón del tipo de vía y la limitación específica para cuando sea necesario unareducción de velocidad. Tan fácil como definir qué zona residencial o lugar por donde el paso de peatones es más frecuente para aplicar el límite de velocidad que debe cumplir el resto de usuarios de la vía.

El problema viene como consecuencia de querer aplicar una velocidad específica en un tramo concreto sin tener en cuenta, por ejemplo, la afluencia de vehículos y peatones por dicho lugar, si existen zonas comerciales o de ocio, residencias o colegios próximos, anchura de la calzada, etcétera. Mientras tanto, la velocidad máxima por ciudad, hoy por hoy, es 50 kms/h pero esto no significa que en algunas calles o zonas determinadas se aplique una reducción de velocidad. Por tanto, el problema será definir la velocidad de ciertas zonas urbanas. ¿No les parece?

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¿Qué cubre el seguro obligatorio del vehículo?

El incumplimiento de la obligación de asegurar un vehículo viene regulado en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor siendo, el propietario del vehículo, el responsable de la multa por conducir sin seguro. No obstante, el conductor (titular o no del vehículo) será el responsable de los daños que se causen a otras personas o vehículos por conducir sin el seguro obligatorio siempre que fuese culpa suya y tendrá que responder de sus actos tanto civil como penalmente.

Es decir, además de la correspondiente sanción por ir sin seguro, se tendrá que pagar los gastos de la reparación del otro vehículo y los daños personales a su conductor y pasajeros, a no ser que el conductor se declare insolvente que en este caso, en un principio, se hará cargo el Consorcio de Compensación de Seguros pero luego serán reclamados judicialmente al responsable del siniestro con lo cual tarde o temprano terminará pagando. Si el caso es al contrario, es decir, nosotros tenemos seguro y el que nos causa daños en el vehículo no tiene seguro y se demuestra que es insolvente y que no puede hacerse cargo del arreglo de nuestro coche, el Consorcio de Compensación de Seguros pagará el arreglo y después le reclamará por la vía civil o penal al conductor responsable.

Puede darse el supuesto, en caso de sufrir un siniestro, de que el coche está asegurado pero no a nombre de quien conduce. En este caso la aseguradora sólo cubre a la persona que contrató el seguro del coche, pero lo normal es que cuando se trata de familiares directos (hijos, cónyuge o padres) también abone los daños causados, eso sí, generalmente siempre que el conductor sea mayor de 25 años y tenga, al menos, dos años de autorización administrativa para conducir. Si no hay parentesco de primer grado pero el accidentado conduce el coche con elconsentimiento de su propietario, le cubrirá si dicha persona tiene un riesgo menor que el conductor declarado. Es decir, es de su edad o mayor y tiene, al menos, los mismos años de permiso de conducir y mejor o igual historial de siniestralidad. En caso contrario, sólo pagará una parte de la indemnización y el resto tendrá que abonarlo el responsable.

Fuente: Circula Seguro

Señalización excepcional para impactar al conductor en casos extremos

A lo largo y ancho de la red viaria española existen muchos tramos difíciles, algunos poco seguros, otros en los que el riesgo aumenta considerablemente si no hacemos caso de la señalización presente. Hablamos el otro día de los túneles (sí, esos que están señalizados convenientemente) y de cómo muchos conductores no hacen caso de las señales. A veces pueden estar menos visibles, sobre todo cuando hay poca luz o algún fenómeno meteorológico que afecte a la visibilidad. Otras veces el conductor no presta atención, o considera que “no hay para tanto”.

Para los casos de peligro real, constante y reiterado, las iniciativas populares o extravagantes suelen tener mucho impacto en el conductor. Es lógico que cuando nos encontramos una señalización excepcional, fuera de lo común, prestemos más atención a lo que estamos haciendo, y precisamente eso es lo que se consigue con los dos ejemplos que vamos a comentar: una cortina de agua iluminada, y unos muñecos espanta-atropellos muy curiosos, a la par que aparentemente efectivos.

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Consejos para circular correctamente en glorietas

Las glorietas, llamadas comúnmente rotondas, son un tipo de intersección diseñadas para facilitar la regulación del tráfico y reducir el número de colisiones entre vehículos. Por lo menos, esa fue la idea del ingeniero británico,Frank Blackmore, allá por los años 60, tras demostrar en el Transport Research Laboratory que la implantación de la mini-roundabout (actuales rotondas) para el paso de vehículos resulta ser más segura y rentable que los cruces regulados mediante semáforos. De ahí, que, en las grandes avenidas y cruces peligrosos, sobre todo en vías interurbanas, se opte por este tipo de construcción a la hora de solucionar las corrientes circulatorias y el encuentro de vías.

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Seguiremos – Hospital Sant Joan de Déu y Macaco

Los niños y niñas de la planta de Oncología del Hospital Sant Joan de Déu, y los profesionales y voluntarios que les acompañan en el centro, cantan junto a Macaco la canción «Seguiremos», un mensaje de esperanza para concienciar sobre la importancia de la investigación en la lucha contra el cáncer infantil.
Si quieres contribuir a financiar esta lucha contra el cáncer puedes hacer tu donativo en obrasocialsantjoandedeu.org

http://vimeo.com/54275902

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“Da el paso, anda”, campaña de la DGT orientada hacia los peatones

Nos hayamos inmersos en medio de la Semana Mundial de la Seguridad Vial de las Naciones Unidas y ayer 6 de mayo, paralelamente al Día Europeo de la Seguridad Vial cuyo lema elegido en esta ocasión ha sido: “la seguridad de los peatones: usuarios vulnerables de la vía pública en zonas urbanas”, la DGT ponía en marcha una campaña informativa y para el fomento de los desplazamientos a pie llamada “Da el paso, anda”.

Para esta ocasión la campaña es completamente innovadora ya que cuenta además con la participación de todos los ciudadanos mediante un concurso de fotografía. Pero antes de ver en qué consiste exactamente la campaña y el concurso, veamos su spot de televisión.

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La Responsabilidad Civil en los accidentes de tráfico.

Accidentes de circulación.

La existencia de un seguro obligatorio de responsabilidad civil hace que sea la compañía aseguradora del vehículo culpable del accidente esté obligada a indemnizar al perjudicado.

Será necesaria denuncia y el ejercicio de la acusación particular para lograr la indemnización a la que tiene derecho el perjudicado. La cuantía de la indemnización vendrá determinada por la aplicación del baremo, éstos, son actualizados anualmente, según establece el Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de Octubre.

Indemnizaciones.

Quien sufre un daño corporal o un menoscabo a sus bienes derivado de un acto doloso o negligente de otro, éste, tiene derecho a ser indemnizado.

La indemnización puede establecerla el órgano judicial mediante un procedimiento civil o penal.

La Responsabilidad Extracontractual se basa en el artículo 1.902 del Código Civil, que establece que quien por acción u omisión cause un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Derechos de los Pasajeros

Ante un Accidente de Tráfico el ocupante o pasajero  tiene derecho a una indemnización, bien sea por parte de la Compañía de Seguros de un vehículo tercero causante del siniestro o de la Ccmpañía del vehículo en donde el mismo viaja como pasajero. Dependerá de quien sea el culpable del accidente.

Derechos de los Peatones o ciclistas

El peatón o ciclista que es víctima de un atropello,  tiene derecho a percibir asistencia sanitaria además de una indemnización.

Baremo 2013 de Indemnizaciones por Daños producidos en Accidentes de Tráfico

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