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reclamatuseguro.es, obtiene una nueva sentencia favorable por importe de 257.148,14€

El Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Gijón, ha dictado sentencia por importe de 257.148,14€ a favor del demandante por las lesiones sufridas el pasado 14/01/2015.

sentencia 4702017

 

La DGT busca reducir accidentes con 7 medidas clave

La Dirección General de Tráfico ha presentado un paquete de intervenciones al que destinará 7,2 millones de euros en los próximos meses.

http://motor.elpais.com/actualidad/7-medidas-dgt-reducir-accidentes/

http://www.reclamatuseguro.es

Un accidente en la empresa y en hora de comida es laboral

El accidente sufrido por un trabajador en las instalaciones de la empresa, cuando desempeñaba su labor durante el tiempo destinado a la comida, se considera accidente laboral, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de enero de 2014.

El ponente, el magistrado Salinas Molina, considera que en estos casos cabe entender que el accidente se produjo no solo en el lugar de trabajo, sino también en tiempo de trabajo, y que no se ha desvirtuado la presunción de laboralidad regulada por el artículo 115.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), «debiendo ser calificado el accidente como de trabajo».

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Las víctimas de accidentes de circulación se quejan del trato de las aseguradoras

El trato que les dispensan las compañías de seguros es la principal queja de las personas que han pasado por el trance de un verse inmersas en un siniestro de circulación. Así lo reflejan los datos recogidos por la Unidad de atención a las Víctimas de Accidentes de Tráfico (Uvat) que cumple ahora su primer año de existencia en la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. Su misión es ofrecerles información y asesoramiento sobre los recursos disponibles para afrontar sus nuevas circunstancias, sean sanitarios, legales, económicos o sociales.

Cuando alguien sufre un accidente de tráfico experimenta, dependiendo de la gravedad del mismo y de la situación personal de cada cual, un cambio que le afecta o puede afectar en muy diversos órdenes de su vida. Consciente de esta situación, la Dirección General de Tráfico creó, de la mano de María José Rodríguez de Armenta, la unidad de coordinación de las 52 oficinas provinciales de atención a las víctimas de accidentes, que en Badajoz lleva Soledad Lerma, y desde su apertura ha atendido 12 casos en total.

«Vienen personas muy perdidas a pedir información de muy diversa índole» tras sufrir un accidente de tráfico tanto en carretera como en la ciudad, en calidad de peatón o de conductor. «Y vienen con lesiones físicas y emocionales que a veces, incluso, les cuesta reconocerse en ellas», en ese estado de trastorno por estrés postraumático, según explicó Soledad Lerma.

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Si atropella un jabalí, usted es el culpable

“Un joven irá en su ciclomotor por una carretera que atraviesa un coto de caza, tendrá la desgracia de colisionar con una manada de jabalíes que irrumpe de repente en la calzada y… tendrá la desgracia de quedarse en silla de ruedas. Entonces, le leeremos la nueva ley de seguridad vial y le diremos que nuestros políticos han decidido que él es el responsable del accidente, y que aunque no vaya a recibir ninguna indemnización, puede quedarse tranquilo porque no tiene que pagar el jabalí muerto”. Así describe el abogado José Pérez Tirado, experto en seguridad vial y portavoz de las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, lo que podrá suceder si se aprueba sin ningún cambio lafutura Ley de Seguridad Vial, que ahora se tramita en el Senado.

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Enero será el mes con menos víctimas de tráfico de la historia

A menos de dos días para que concluya el mes de enero, el números de fallecidos en las carreteras españolas, según las estadísticas de las web de la DGT, es de 56 víctimas, lo que supone24 muertos menos que en el mismo periodo de 2013. Con estos resultados, enero se convierte en el primer mes del año de menor siniestralidad desde que hay estadísticas.

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Las muertes en carretera alcanzan su mínimo histórico desde 1960

El número de personas fallecidas en accidentes de tráfico en las carreteras españolas desciende en 2013 por décimo año consecutivo. Pese a que la Dirección General de Tráfico (DGT) no hace públicas las estadísticas desde el pasado día 15, para añadir suspense a la rueda de prensa que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ofrecerá mañana, la tendencia es clara y la cifra total estará previsiblemente por debajo de 1.150 fallecimientos en todo el año. Según cálculos de EL PAÍS, 2013 cerrará con unas 1.130 víctimas mortales, el número menor desde que existen estadísticas.

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Los fallecidos de tráfico se producen fundamentalmente en el ámbito laboral

“El 63% de los fallecidos en la carretera [en 2012] ha sido de ocho de la mañana a ocho de la tarde y el 66%, de lunes a viernes”. Con estos datos, la subdirectora general de Intervención y Políticas viales deTráfico, Mónica Colas, ha querido demostrar que “los fallecidos por accidente de tráfico se producen fundamentalmente en el ámbito laboral”. En concreto, el año pasado hubo 52.411 accidentes laborales de tráfico, donde fallecieron 180 personas y 1.079 resultaron heridas graves.

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El casco en bicicleta será obligatorio en ciudad sólo para los menores de 18 años

El uso del casco en bicicleta será obligatorio, tanto en ciudad como en vías interurbanas, sólo para los menores de 18 años. Para los adultos, únicamente en las interurbanas, como hasta ahora. Así lo recoge el anteproyecto para la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que recibirá hoy el visto bueno del Consejo de Ministros.

La medida supone una suavización de la postura que venía sosteniendo Tráfico en los últimos meses, ya que defendía el uso del casco generalizado, en ciudad y en carretera, por parte de todos los ciclistas.

En la actualidad, el casco es obligatorio en vías interurbanas, tanto para los menores como para los adultos. Con la reforma de la norma, tanto los conductores como los ocupantes de las bicicletas que tengan menos de 18 años deberán colocarse el casco en todas las vías, tanto urbanas como interurbanas y travesías. Para los mayores de esa edad sólo será obligatorio en las interurbanas, como establece la normativa vigente. Los términos de uso se concretarán reglamentariamente.

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Un buen seguro nos protege, sobre todo, si decidimos viajar en coche al extranjero

También, debes saber que, si vas a viajar con tu vehículo fuera de España debes solicitar a tu aseguradora, la Carta Verde que es un certificado acreditativo, con validez internacional, de que tu vehículo dispone del seguro obligatorio. Con dicho certificado, estás cubierto en todos los países firmantes del Convenio Multilateral de Garantía. Si vas a un Estado no firmante, el seguro obligatorio te cubrirá hasta el límite de indemnización fijado en el país donde se produzca el siniestro y si el coste supera esa cantidad, deberás abonar la diferencia. No obstante, para estos casos es mejor ponerse en contacto con el teléfono 91 446 03 00 de la oficina de Ofesauto, para que te asesoren.

Por tanto, vistos los casos que se nos pueden dar, la obligación de asegurar alcanza a todos los vehículos matriculados y de alta en el Registro de Vehículos de la DGT, circulen o no circulen. Por ejemplo, tener un coche en un garaje sin asegurar no es sancionable pero sí debes asegurarlo si vas a circular con él aunque solo sea una vez o incluso si vas a dejarlo estacionado en la vía pública. Por otro lado, los únicos vehículos que están exentos de asegurarse son: los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales, cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del Registro de Vehículos.

Actualmente no hace falta acreditar, a título particular, el hecho de haber abonado el seguro del vehículo porque los agentes de tráfico tienen acceso al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) pero es recomendable llevarlo ya que, por un lado, podemos facilitar la labor de los agentes y, por otro, podemos agilizar los trámitesen el caso de que tengamos que rellenar un parte amistoso de declaración de accidente o para la asistencia en carretera en caso de sufrir una avería en ruta.

No obstante, si por algún error,aún estando asegurado el vehículo, en la base de datos de la DGT apareciera como no asegurado y se lleve a cabo por parte de los agentes de tráfico la formulación del correspondiente boletín de denuncia, tenemos el plazo de 10 días para acreditar ante la Jefatura Provincial de Tráfico, con el documento de la propia entidad aseguradora o bancaria, que estamos al corriente del pago para que se corrija el error y no tener que pagar la sanción.

En definitiva, la contratación del seguro de nuestro vehículo además de obligatoria es necesaria ya que nos protege ante los casos de daños o lesiones que podamos causar a otros mientras conducimos, cubre los daños a nuestro propio vehículo, lesiones a nuestros acompañantes e incluso el robo si previamente lo hemos contratado. Si no tenemos contratado el seguro de nuestro vehículo nos arriesgamos a tener que pagar el coste total de cualquier daño causado o, incluso, recibido. Por tanto, antes de coger o prestar tu coche, piénsatelo bien.

Fuente: Circula Seguro